Iniciativa legal para promover y favorecer la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el medio rural, a través del reconocimiento jurídico y económico derivado de su participación en la actividad agraria.
Así se abre un nuevo marco legal que promoverá una acción positiva, dando visibilidad fundamentalmente a las mujeres y permitiendo que estas puedan ejercer y disfrutar de todos los derechos derivados de su trabajo en las explotaciones agrícolas en términos de igualdad con respecto a los hombres.
Este es un primer paso para reconocer la necesidad de solventar una situación injusta, que destila inseguridad jurídica para las féminas que trabajan en explotaciones familiares, y que en ocasiones se sienten esclavas. Gracias a esto, las situaciones de desigualdad van a ser limadas, gracias a un régimen que es aplicable a matrimonios y parejas de análoga relación de afectividad.
Para alcanzar estos objetivos, la Ley ofrece tres opciones, la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada; la creación de una unidad económica, sin personalidad jurídica, que se inscribirá en el Registro de Titularidad Compartida y, cuando no sean posibles ninguna de las dos alternativas anteriores, el reconocimiento de los derechos económicos generados por el trabajo como contraprestación por su actividad.En España, el 82% de las mujeres rurales trabajan en el campo en calidad de cónyuges o hijas y, sin embargo, en la mayoría de los casos, el 71,2% concretamente, los titulares de la explotación son hombres. En este contexto, la labor de las mujeres se considera como una ayuda familiar, de forma que a pesar de trabajar en las explotaciones no pueden gestionarlas administrativamente ni consolidan ningún derecho cuando los titulares son solo sus cónyuges.
El modelo de las mujeres en el campo es muy productivo, óptimo contra la despoblación y el envejecimiento del medio, situación para las que nosotras podemos poner solución.
Además, como novedad, tras el periodo de consulta pública al que ha sido sometido el texto del proyecto de Ley, se ha introducido un cambio fundamental como es que no se exigirá a los cotitulares de las explotación que sean agricultores profesionales, al igual que las explotaciones prioritarias gozarán de preferencia para la obtención de beneficios, ayudas y demás medidas de fomento impulsadas por las administraciones públicas.
En cuanto a las subvenciones, en todas las explotaciones agrarias de titularidad compartida se repartirán al 50% entre las dos personas titulares, al igual que los rendimientos de la explotación. Por su parte, y para potenciar su participación, ambos titulares tendrán un derecho preferente en formación y asesoramiento a los profesionales de la agricultura.
Esta normativa visibilizará el trabajo desempeñado durante décadas por la mujer en el medio rural, obteniendo un régimen igual al del titular tradicional: el hombre. Un documento que genera derechos individuales y directos, no diferidos, tales como bajas, maternidad, enfermedad, pensiones, pagos compensatorios, o cuotas de reproducción entre otros.
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