El fin de la prevalencia del apellido paterno, la igualdad de trato para hijos e hijas matrimoniales y no matrimoniales o la posibilidad del cambio de apellidos en caso de violencia de género son algunos de los cambios.
Se ha aprobado definitivamente la nueva Ley del Registro Civil que transforma por completo el actual sistema registral en España, vigente desde 1957. El nuevo modelo de Registro Civil se inspira en los valores constitucionales y, muy especialmente, en el principio de igualdad entre hombres y mujeres.
En esta línea, suprime la prevalencia del apellido paterno en caso de desacuerdo entre padre y madre, pone fin a la diferencia de trato entre hijos e hijas matrimoniales y no matrimoniales y reconoce el derecho al cambio de apellidos a las víctimas de violencia de género y a sus descendientes. La Ley de Registro Civil de 1999 mantuvo esa prevalencia del primer apellido paterno en caso de desacuerdo lo que supone una discriminación en detrimento de las mujeres, contraria al principio de igualdad consagrado en la Constitución. La última decisión, en caso de desacuerdo, la adoptará la persona encargada del Registro Civil, atendiendo al interés superior del menor o la menor.
No hay comentarios:
Publicar un comentario